Juez dispone inmovilización de bienes de los hermanos Espaillat por hasta 500 millones de pesos

Entre las entidades y personas físicas señaladas se encuentran Inversiones NLS, S.R.L, Radio Cadena Comercial, S.R.L, difusora El Hemisferio, S.R.L, inversiones CCP2, S.A, Evelyn López y Grecia López.

El juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Raymundo Mejía, en el auto de apertura a juicio en contra de Antonio y Maribel Espaillat, dispuso la inmovilización de los bienes por un monto hasta los 500 millones de pesos.

El tribunal aceptó la inclusión de los terceros civilmente demandados y sus elementos probatorios.

Entre las entidades y personas físicas señaladas se encuentran Inversiones NLS, S.R.L, Radio Cadena Comercial, S.R.L, difusora El Hemisferio, S.R.L, inversiones CCP2, S.A, Evelyn López y Grecia López.

Durante la lectura del fallo, el tribunal declaró admisibles las querellas y constituciones en actores civiles que cumplieron con los requisitos legales, enviando sus respectivos medios de prueba a la fase de juicio para su debida valoración.

El magistrado Raymundo Mejía admitió en su totalidad la acusación y las pruebas presentadas por el Ministerio Público (testimoniales, periciales, documentales y materiales), así como las pruebas de la defensa, al considerar que cumplen con los criterios de legalidad, pertinencia y utilidad.

Medidas de coerción y millonario embargo conservatorio

En el aspecto de la medida cautelar, el tribunal decidió mantener las medidas de coerción vigentes contra los encartados, por considerarlas proporcionales y suficientes para garantizar su presencia en el proceso. Estas consisten en una garantía económica de 50 millones de pesos a cada uno, impedimento de salida del país, presentación periódica los días 30 de cada mes.

De igual forma, el juez ratificó las órdenes de inmovilización de fondos y secuestro de bienes previamente dictadas contra los imputados.

Como novedad para asegurar la eventual reparación de los daños y perjuicios, el tribunal acogió la solicitud de medidas conservatorias, imponiendo un embargo conservatorio y retentivo, así como la inscripción de hipotecas judiciales sobre los bienes

muebles, inmuebles, activos y valores tanto de los imputados como de las empresas y terceros civilmente demandados.

El tribunal ordenó la remisión inmediata del expediente completo al tribunal de juicio correspondiente.

Las partes de este proceso quedaron formalmente convocadas a comparecer ante dicho tribunal de juicio en un plazo de cinco días a partir de la entrega íntegra del fallo para hacer valer sus derechos, momento en el cual también comenzarán a correr los plazos legales correspondientes.

TD: PLD

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