
La intimación llega un mes después de que el propio presidente Luis Abinader mandara a poner un alto a esas actividades, señalando que quien quiera hacer campaña deberá salir del Estado.
La Junta Central Electoral (JCE) intimó al Partido Revolucionario Moderno (PRM) por realizar actos y declaraciones proselitistas antes de que se habilite el tiempo para la campaña electoral, establecido en las leyes que rigen el sistema político del país.
Mediante la intimación, entregada en un acto de alguacil al PRM este viernes, el órgano electoral manifestó que es un “hecho manifiestamente notorio” que múltiples miembros del partido oficialista han realizado pronunciamientos públicos de carácter proselitista de manera anticipada que han sido difundidos en medios de comunicación y redes sociales.
A lo largo de este 2025, los “presidenciables” del PRM fueron aumentando gradualmente los actos proselitistas en donde promovían su figura política y su gestión al frente de las instituciones que dirigen,
dejando claras sus aspiraciones a ocupar la casilla presidencial del partido oficialista.
De la misma manera, los mítines y demostraciones de fuerza agudizaron los señalamientos de que estos aspirantes se han aprovechado de su posición en el Gobierno para promover sus figuras y acciones, buscando generar simpatías dentro de la militancia oficialista y el resto de la población dominicana.
“Durante el lapso existente entre la conclusión de un proceso electoral y el inicio del periodo de precampaña se encuentra prohibida toda promoción de precandidaturas o candidaturas orientadas a la captación de votos. En dicho periodo, las organizaciones partidarias únicamente pueden realizar actividades de carácter institucional que respeten el marco constitucional y legal, siempre que no constituyan actos anticipados de precampaña o campaña electoral”, reseña la JCE.
La intimación llega un mes después de que el propio presidente Luis Abinader mandara a poner un alto a esas actividades, señalando que quien quiera hacer campaña deberá salir del Estado.
Hasta el momento, son siete los aspirantes ocupando una posición en el Estado, y otra que goza de un cargo electivo y una alta posición dentro del partido, sumado a la gran cantidad de titulares de distintas instituciones que habían comenzado a expresar su favoritismo por uno u otro de los contendientes, la percepción fue que los funcionarios públicos se habían integrado de lleno en la campaña a destiempo que se gesta dentro del partido oficialista.
“En atención al rol preventivo y garante de la equidad que corresponde a la Junta Central Electoral, resulta procedente disponer la intimación correspondiente, a fin de preservar la igualdad de condiciones entre los aspirantes a cargos de elección popular de la referida organización política, así como a los demás aspirantes de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, y el respeto a los plazos/etapas legalmente establecidos en la normativa electoral vigente”, señala la intimación de la JCE hacia el PRM.
La JCE intimó al PRM a que disponga las medidas necesarias para que sus dirigentes, miembros y militantes se abstengan de realizar pronunciamientos o manifestaciones públicas que configuren la promoción anticipada de aspirantes como precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, en cualquiera de los niveles de elección, ya que los periodos de precampaña y de campaña electoral inician formalmente con sus respectivas proclamas.
De la misma manera ordenó al partido de Gobierno a depositar ante su secretaria general una “constancia fehaciente” de que ha realizado las advertencias correspondientes a su militancia, a los fines de acreditar el cumplimiento de lo requerido, en un plazo de 10 días hábiles, contando a partir del viernes 29 de agosto.
En caso de incumplimiento, la JCE dispondrá la “adopción inmediata” de las medidas cautelares correspondientes y la apertura del procedimiento administrativo sancionador electoral instrumentado por la unidad de sanciones administrativas electorales y medidas cautelares.
De acuerdo a lo establecido con las leyes 33-18 y 20-23, así como en el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Electoral, la penalidad contra el PRM puede ir desde multas administrativas hasta la no aceptación de una o varias candidaturas.
TD: PLD