DIARIO, SANTO DOMINGO.- La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc., (Finjus) advirtió este martes que la paralización de la docencia y movilización nacional convocada para este 1 de mayo por parte de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), «desborda todo principio de razonabilidad y proporcionalidad en la salvaguarda del derecho a la educación consagrado en la Constitución y trae consigo una crisis que degenera el aprendizaje de calidad y oportuno en la comunidad educativa».

Mediante un comunicado firmado por el vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños Guzmán, la entidad reiteró sus preocupaciones debido al impacto negativo que esos paros provocan.

«Siendo una actividad históricamente repetida por la ADP, se ha inmerso en el sistema dominicano como una práctica colectiva que genera una suerte de intranquilidad en todos los sectores de la sociedad. La interrupción de la actividad educativa de los niños, niñas y adolescentes que asisten a los centros educativos públicos del país constituye un ejercicio ilegítimo del mandato constitucional plasmado en el artículo 63», se indicó.

Para Finjus, la educación como derecho es inherente, indispensable, inalienable y esencial para el desarrollo pleno de la persona, reafirma su condición de dignidad y su acceso y calidad debe ser diseñado para tales fines.

La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc., (Finjus) pone sobre aviso una vez más que la paralización de la docencia y movilización nacional convocada para este 1 de mayo por parte de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), desborda todo principio de razonabilidad y proporcionalidad en la salvaguarda del derecho a la educación consagrado en la Constitución y trae consigo una crisis que degenera el aprendizaje de calidad y oportuno en la comunidad educativa.

Reiteramos nuestras preocupaciones debido al impacto negativo que estos paros provocan. Siendo una actividad históricamente repetida por la ADP, se ha inmerso en el sistema dominicano como una práctica colectiva que genera una suerte de intranquilidad en todos los sectores de la sociedad. La interrupción de la actividad educativa de los niños, niñas y adolescentes que asisten a los centros educativos públicos del país constituye un ejercicio ilegítimo del mandato constitucional plasmado en el artículo 63.

La educación como derecho es inherente, indispensable, inalienable y esencial para el desarrollo pleno de la persona, reafirma su condición de dignidad y su acceso y calidad debe ser diseñado para tales fines.

La educación no puede estar sujeta a restricciones, condicionamientos o limitaciones por causas presupuestarias. Es un derecho universal que posee una eficacia directa e inmediata sobre los poderes del Estado, los docentes, los estudiantes y demás sujetos involucrados. Dicho de otra forma, por ser el docente un actor fundamental en la formación inicial, básica, media y superior el ejercicio de la carrera no debe prestarse a una dimensión institucional que desarrolle condiciones desfavorables a los titulares del derecho.

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