Defensor del Pueblo asume el caso del anciano Epifanio Castro, interno en CCR Monte Plata

Pablo Ulloa, Defensor del Pueblo encargó a Jesús de los Santos para las gestiones para variar el estatus del interno nonagenario con Alzheimer, una sonda, demencia senil, desorientado y desnutrido; entre otras complicaciones.

La Defensoría del Pueblo inició las investigaciones sobre el caso del anciano Epifanio Castro Del Carmen, de 93 años, enfermo terminal, quien cumple condena de cinco años en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Monte Plata por una pelea con otro anciano de 85, hace siete años.

Pablo Ulloa, Defensor del Pueblo, encargó a Jesús de los Santos para las gestiones que se llevan, para variar el estatus del nonagenario con Alzheimer, una sonda, demencia senil, desorientado y desnutrido; entre otras complicaciones.

El asignado por la Defensoria, se comunicó con el representante del interno, abogado Henry López , a los fines de conocer los detalles, continuar el levantamiento y proceder con las gestiones para variar el estatus del prevenido.

La gestión surge, luego del revuelo e indignación que ha provocado el caso, revelado por el programa ‘El Show del Mediodía’ y desplegado por este diario, y que ha generado solidaridad en torno a la suerte del anciano, quien no se puede valer por si solo, y es asistido por otro .

En torno al caso el productor de televisión, Iván Ruiz informó que conversó con la Procuradora General de la República, Yeni Berenice Reinoso, en torno al caso, y le prometió. Investigarlo.

Epifanio Castro Del Carmen fue sentenciado a cinco años de prisión, incluyendo dos de ‘prision domiciliaria’ de la cual alcanza uno; sin embargo el exalcalde Inirioxxxx

Alternativas

Para ordenar la libertad de Epifanio Castro, está el artículo 453 del Código Procesal Penal, que en su párrafo VIII indica que: «Sin perjuicio de la obligación, acordada por la Constitución de la República a los jueces, de salvaguardar los derechos fundamentales de todos los ciudadanos»

El párrafo V agrega que: «El juez de ejecución de la pena controla el cumplimiento de las condiciones impuestas en la suspensión condicional del procedimiento según los informes recibidos y, en su caso, los transmite al juez competente para su revocación o para la declaración de la extinción de la acción penal».

En su Artículo 454 sobre Control que: «El juez de ejecución de la pena solo tiene competencia para controlar el cumplimiento adecuado de las sentencias condenatorias, vela por el respeto de los derechos del condenado y resuelve todas las cuestiones que se suscitan durante la ejecución».

El Indulto Presidencial que tiene el anciano para variar su tiempo de vida, facultad exclusivamente a cargo del presidente Luis Abinader.

APOYO…APOYO….APOYO

El Defensor del Pueblo en la República Dominicana está instituido por la Ley No. 19-01 (promulgada el 1 de febrero de 2001) y refrendado por los artículos 190-192 de la Constitución.

Esta figura opera como una autoridad independiente con autonomía funcional, administrativa y presupuestaria, encargada de salvaguardar los derechos fundamentales y colectivos de los ciudadanos ante abusos de la administración pública o prestadores de servicios públicos.

Pie de foto

Epifanio Castro Del Carmen de 93 años, enfermo terminal, condenado a cinco años, recluido en el CCR de Monte Plata, ha generado clamor de libertad, por razones humanitarias.

TD: PLD

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